En día de ayer 6 septiembre, en la comunidad de San Pedro Mártir, se realizó el taller de capacitación jurídica sobre los derechos de las comunidades y pueblos indígenas de los valles centrales, taller dirigido a la Comisión negociadora de la Coordinadora de Pueblos Unidos por el cuidado y la Defensa del Agua (COPUDA), en el marco de la cuarta etapa de la consulta indígena.

El documento entregado por CONAGUA está siendo analizado por las tres mesas establecidas el pasado 27 de julio del presente año como acuerdo de las 16 comunidades. De las tres mesas de trabajo, hasta ahora se han realizado dos, la mesa técnica y la mesa jurídica, analizando la respuesta de CONAGUA para poder cumplir con el objetivo como COPUDA, ya que la coordinadora busca levantar el decreto de veda impuesto en el año de 1967 en los valles centrales.

Los objetivos del taller de capacitación en la mesa jurídica fueron:

  • Conocer nuestros derechos como pueblos y comunidades indígenas para entablar un dialogo con la autoridad responsable.
  • Conocer el argumento central del tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, respecto a las revisión y modificación del Decreto.
  • Ubicar las violaciones jurídicas en el proceso de la consulta indígena.
  • Diferenciar elementos sustanciales de la propuesta de la COPUDA para el dialogo de acuerdos con la CONAGUA en la etapa consultiva.

Parte de los temas que se trataron y recalcaron fueron los instrumentos jurídicos nacionales e internacionales sobre derechos de los pueblo y comunidades indígenas, como el convenio 169 de la OIT, esto como fundamento legal para lograr el levantamiento del Decreto de Veda planteamiento que tiene la Coordinadora de los Pueblos Unidos por el Cuidado y la Defensa del Agua.

Para la finalización del tema jurídico, en una escenificación de las reuniones de la COPUDA con CONAGUA, en donde se resaltaron los derechos que los pueblos y comunidades indígenas tienen. Fundamentadas en los artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos como lo es el artículo primero sobre principio por persona que dice que, “todo individuo gozara de las garantías que la constitución otorga, las cuales no podrán ser restringidas ni suspendidas”. Y a partir de lo analizado en el taller, direccionar el seguimiento a la consulta para el bienestar de las comunidades de los valles centrales.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *